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domingo, 7 de marzo de 2010

La COMARCA promueve la creación de 4 AULAS de EDUCACIÓN INFANTIL en la Sierra de Albarracín

A través de la Comarca de la Sierra de Albarracín, el Ministerio de Educación del Gobierno de España y la Comunidad Autónoma de Aragón, han suscrito un Convenio de colaboración, para la financiación de plazas públicas del primer ciclo de educación infantil en el marco del Plan Educa3 para el 2010 en 4 municipios de la Sierra de Albarracín:

  1. BRONCHALES: 1 unidad con 10 plazas.
  2. GUADALAVIAR: 1 unidad con 10 plazas.
  3. TERRIENTE: 1 unidad con 10 plazas.
  4. NOGUERA de ALBARRACÍN: 1 unidad con 10 plazas.
Las ESCUELAS INFANTILES a las que se refiere este Convenio de colaboración deberán estar en funcionamiento en el plazo de dos años a partir de su firma o si es con anterioridad, deberá haberse realizado, como fecha límite, en el año en que se inició la puesta en marcha del Plan Educa3 del Ministerio de Educación. La financiación se realiza al 50% entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Gobierno de Aragón.



De este modo, y tras la firma de un posterior convenio entre los ayuntamientos afectos y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, es previsible que los municipios anteriores reciban una subvención autonómica (50%) para la ejecución de las obras conducentes a la creación de las aulas infantiles propuestas.
A su vez, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte también financiará el coste laboral de los docentes (maestros o técnicos de educación infantil) de las 4 nuevas aulas que se integrarán en la Red de Escuelas Infantiles de la Comarca de la Sierra de Albarracín. Por tanto, existirán en la Comarca 6 aulas de Educación Infantil de titularidad municipal que serán gestionadas a través de la institución comarcal.



LA EDUCACIÓN INFANTIL EN LA COMARCA
En la actualidad, tan sólo dos municipios de la Comarca ofertan plazas de Educación Infantil de 0 a 3 años consolidadas: Albarracín y Moscardón. En 2010, es prevesible que 4 municipios más se adhieran a la Red Comarcal de Escuelas Infantiles (véase el mapa inferior). Por otra parte, el aula de Albarracín es la que actualmente cuenta con mayor número de alumnos/as lo que, en definitiva, plantea a su ayuntamiento la posible necesidad de crear una segunda unidad en un futuro próximo al objeto de que los ratios no se vean desbordados.



Debe indicarse que la atención educativa que proporciona el primer ciclo de la Educación infantil debe considerarse complementaria a la atención parental y, a su vez, promueve la conciliación de la vida familiar, personal y laboral; sin menoscabo de favorecer la inserción laboral femenina en el medio rural y, de este modo, avanzar hacia la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
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Finalmente, concluiremos que la gestión de las citadas aulas es ahora dependiente de la Comarca de la Sierra de Albarracín que recibirá las aportaciones del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para la contratación laboral de los docentes (maestros o técnicos de Educación Infantil). Si deseas obtener el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interno de la Escuela Infantil Comarcal de la Sierra de Albarracín pincha la figura inferior.



En el mencionado REGLAMENTO se fija el ámbito y objeto del mismo, las enseñanzas impartidas, las condiciones generales de ingreso y baja de alumnos, las normas de convivencia y régimen interno, sin menoscabo de algunas consideraciones sobre los progenitores, tutores y representantes legales. En cualquier caso, y si tienes alguna duda al respecto puedes dirigirte a la Agencia de Empleo y Desarrollo Local de la Comarca de la Sierra de Albarracín llamando al 978-70 40 54.

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jueves, 4 de marzo de 2010

AYUDAS en MATERIA de COOPERACIÓN para el DESARROLLO correspondiente al año 2010.

La Ley 10/2000, relativa a la Cooperación para el Desarrollo define ésta como una de las expresiones de la solidaridad de la sociedad con los pueblos desfavorecidos del mundo, una expresión de la colaboración no lucrativa en la promoción de un desarrollo sostenible que permita alcanzar sociedades más justas y desarrolladas social y económicamente. A su vez, esta cooperación se desarrollará directamente por el Gobierno de Aragón e, indirectamente, a través de ONGs de Desarrollo aragonesas.



La presente Orden del Departamento de Servicios Sociales y Familia tiene por objeto efectuar la convocatoria de subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2010, con los países más desfavorecidos.

TIPOLOGÍA DE SUBVENCIONES Y CONDICIONES
Podrán presentarse solicitudes para los siguientes tipos de subvención:
  1. Satisfacción de necesidades básicas.
  2. Desarrollo económico y social de los pueblos.
  3. Emergencia y humanitaria.
  4. Educación y sensibilización.
  5. Iniciativas y redes de comercio justo.
  6. Formación de cooperantes y voluntarios aragoneses.

Tanto las ONGs de Desarrollo y entidades solicitantes como los proyectos y programas para los que formulen sus peticiones deberán cumplir los requisitos establecidos para los diferentes tipos de subvención en el Reglamento aprobado mediante el Decreto 164/2004.



El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOA (24-02-2010). Para más información, consúltense las bases de la convocatoria en este enlace web.



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