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miércoles, 27 de julio de 2011

LA EMPRESA URBANCIN REACTIVARÁ EL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO DE LA CIUDAD DE ALBARRACÍN EN LA PRESENTE LEGISLATURA 2011-2015


URBANCIN, la empresa DESARROLLOS URBANOS DE LA SIERRA DE ALBARRACÍN S.L., centrará sus actividades urbanísticas en ALBARRACÍN y GEA durante la presente Legislatura 2011-2015.


En la capital de la Comarca, desarrollará gran parte del suelo urbanizable del reciente PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA (PGOU): El PLAN PARCIAL DE SENDA MUERTA y el PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR (PERI) DE CARRERAHUERTOS (antiguas Maderas Martínez).



Iª Fase de Desarrollo del Plan Parcial de Senda Muerta
La citada sociedad limitada de arraigada implantación en Albarracín y en la sierra, y dedicada a la compra-venta de bienes inmobiliarios por cuenta propia, oferta en esta Iª FASE del proyecto de urbanización del sector de SENDA MUERTA tres tipologías constructivas de viviendas en lo que será el RESIDENCIAL LLANO DE ALBARRACÍN (pincha los enlaces inferiores para más detalles de las viviendas):





Por otra parte, el promotor y redactor del proyecto de urbanización acordó con el M.I. Ayuntamiento incrementar la densidad de viviendas (pasando de 76 a 81), repercutiendo este aumento en las parcelas cedidas al M.I. Ayuntamiento para la PROMOCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS en la modalidad de edificio multifamiliar colectivo (bloque) con 11 o 12 viviendas. Dichas parcelas (n=6, A-24 a la A29 en el plano inferior y en color verde) corresponden al 10% del aprovechamiento urbanístico medio del sector que el promotor debe ceder gratuitamente al M.I. Ayuntamiento libre de cargas de urbanización priorizando, además, su disposición o libramiento al mismo.


Finalmente, y en el ámbito del sector, discurren dos barrancos: "EL CABRERIZO" y "EL CANALÓN". En este sentido, tan sólo se ha dado solución urbanística al primero de ellos que será objeto de canalización dentro del Plan Parcial.

En consecuencia, parace lógico pensar que el nuevo equipo de gobierno del M.I. Ayuntamiento (PAR-PP) debería negociar con el promotor la CANALIZACIÓN DEL BARRANCO "EL CANALÓN" a lo largo del Camino de Gea para, de este modo, mejorar la estética urbanística de todo el sector y evitar, a su vez, las avenidas o escorrentías pluviales que pueden causar daños o impactos. Para una información más exhaustiva del Plan Parcial de Senda Muerta, pincha el enlace web anterior.


martes, 26 de julio de 2011

ORDENACIÓN URBANÍSTICA EN EL SECTOR DE SENDA MUERTA DE ALBARRACÍN (CAMINO DE GEA)

El Sector de SENDA MUERTA se configura actualmente como una zona residencial y de servicios de gran interés donde se ubican el Campus Escolar de Albarracín, la Residencia de Mayores del IASS, el Polideportivo Municipal, el Pabellón Multiusos y la subsede de Dinópolis; sin menoscabo, de su importante núcleo residencial (los pisos del Camino de Gea)


El Plan Parcial de Senda Muerta de 1995
Lo ORDENACIÓN URBANÍSTICA del sector de Senda Muerta de Albarracín data del año 1995 cuando el Ayuntamiento aprobó su instrumento de planeamiento urbanístico (el Plan Parcial, PP en adelante).

La citada ordenación preveía la construcción de 76 VIVIENDAS UNIFAMILIARES adosadas y aisladas, con sus dotaciones, zonas verdes, etc. Sin embargo, y por diferentes causas, el PP de Senda Muerta no llegó nunca a ejecutarse en años posteriores y el Ayuntamiento tampoco declaró su caducidad.


El PGOU de la Ciudad de Albarracín de 2005
Más recientemente, y con la redacción del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA de Albarracín (PGOU, en adelante) y su aprobación inicial en 2005, el equipo redactor del mismo incluyó el citado PP "SENDA MUERTA" sin reparar que en su ámbito de actuación (3,8 hectáreas) discurría el BARRANCO "EL CABRERIZO" que atravesaba diversas parcelas residenciales y, por tanto, se contravenía de forma explícita el Reglamento de Dominio Público Hidráulico y el Texto Refundido de la Ley de Aguas al no estar canalizado. Esta circunstancia también pasó inadvertida a los servicios técnicos y jurídicos del M.I. Ayuntamiento.


Las DIFICULTADES planteadas al PGOU del año 2005 obedecen en parte a las prescripciones impuestas por los órganos competentes que deben evaluarlo mediante los diferentes informes sectoriales (seis en total). De este modo, en el informe de la Dirección General de Interior del Gobierno de Aragón que se remitió con fecha 05-09-2005 en materia de protección civil, ya se vislumbraba que una de las DEBILIDADES del PGOU presentado eran las avenidas con riesgo de inundación con calados y velocidades peligrosas en diferentes sectores de la ciudad debido a barrancos y ramblas, por lo que se requería un ESTUDIO DE INUNDABILIDAD en el PGOU redactado.


Por su parte, el informe solicitado en 2005 al órgano de cuenca, la Confederación Hidrográfica del Júcar, resultó ser inicialmente DESFAVORABLE por silencio administrativo. Finalmente, y ante la petición reiterada de motivación de informe por parte del M.I. Ayuntamiento (marzo de 2006) y la remisión de nueva documentación solicitada al órgano de cuenca (noviembre de 2006), se recibe notificación escrita de nuevo informe desfavorable detallando las PRESCRIPCIONES NECESARIAS (marzo de 2007).


En particular, el órgano de cuenca requería ESTUDIOS HIDROLÓGICOS Y DE INUNDABILIDAD, entre otros, para la RAMBLA "VALDEVÉCAR", el BARRANCO "PALMADERO" (Carrerahuertos), el BARRANCO "EL CABRERIZO" (Senda Muerta y Casa Grande) y el BARRANCO "EL CANALÓN" que se une con el anterior en la finca Casa Grande (véase el mapa de barrancos).


Solución Urbanística adoptada en 2008
Vistos los informes sectoriales y las prescripciones establecidas, desde el M.I. Ayuntamiento y a instancia del PROMOTOR del PP de Senda Muerta se llevaron a cabo diferentes acciones a lo largo de las anualidades 2008 y 2009 con las siguientes finalidades:
  • ENCAUZAMIENTO DEL BARRANCO "EL CABRERIZO" en el ámbito del PP de Senda Muerta. Para ello, se hizo un PROYECTO DE REPARCELACIÓN con cambios sustanciales en cuanto a la redistribución de zonas verdes, viales y una nueva parcelación con el fín de canalizar el barranco y, de este modo, cumplir con las exigencias del órgano de cuenca. A su vez, y más recientemente, el promotor también ha entregado el PROYECTO DE URBANIZACIÓN del sector.

  • Modificación de los INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO con el fin de promover VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL en las parcelas cedidas al M.I. Ayuntamiento en el ámbito de actuación del PP de Senda Muerta. En este caso, y vistos los requerimientos de Suelo y Vivienda de Aragón, se cambió la tipología de vivienda introduciendo la vivienda multifamiliar colectiva (bloque) en las parcelas frente al Camino de Gea, se incrementó la densidad de viviendas de 76 a 81 y, por último, se cambió el uso del sector que pasó de ser residencial a ser de segunda residencia. Para ello, hubo que modificar las Normas Subsidiarias y el Plan Parcial de Senda Muerta de nuestro planeamiento.


Nuevos Parámetros Urbanísticos en Senda Muerta
Con las modificaciones urbanísticas efectuadas en el sector se ha incrementado la densidad de viviendas pasando de 76 a 81, repercutiendo este aumento en las parcelas cedidas al M.I. Ayuntamiento para la promoción de viviendas protegidas en la modalidad de edificio multifamiliar colectivo (bloque) con 11 o 12 viviendas. Dichas parcelas (n=6, A-24 a la A29 en el plano inferior) corresponden al 10% del aprovechamiento urbanístico medio del sector que el PROMOTOR debe ceder gratuitamente al M.I. Ayuntamiento libre de cargas de urbanización.


El plano inferior muestra intuitivamente la REDISTRIBUCIÓN de fincas o parcelas, el encauzamiento del barranco (B1, B2, B3 y ZV-2), las zonas verdes (ZV-1 y ZV-2), los viales con zonas de estacionamiento, la zona de equipamientos, un playa de aparcamientos; así como, otras fincas sin aprovechamiento urbanístico y de interconexión de viales (B4 y B5). A su vez, se muestra la superficie de las diferentes zonas (pincha la figura inferior para una mejor resolución).


En cuanto a la TIPOLOGÍA de VIVIENDAS cabe mencionar que se conciben las siguientes categorías, admitiéndose 3 plantas con plazas de aparcamiento integradas en el interior:
  • Parcelas destinadas a UNIFAMILIARES ADOSADOS en hilera o en BLOQUE (multifamiliar colectiva) en el frente que linda con el Camino de Gea (A-1 a la A-29) con una superficie de 3.250 m2 y una densidad de 34 o 35 viviendas. Las 6 parcelas municipales de cesión obligatoria por el PROMOTOR (A24 a la A-29; color verde) serán objeto de incremento de densidad y, de este modo, en lugar de 6 viviendas se podrá hacer un bloque con 11 o 12 pisos de protección oficial.
  • Fincas destinadas a UNIFAMILIARES ADOSADOS en hilera exclusivamente (A-30 a A-42). La superficie de todas las parcelas será de 2.582 m2 y se admitirá una densidad de 13 viviendas unifamiliares.
  • Finalmente, también se contemplan fincas o parcelas para UNIFAMILIARES AISLADOS (U1 a U-34) con una superficie total de 13.965 m2 y una densidad de 34 viviendas.
Por último, cabe indicar que el PROMOTOR ya ha presentado un PROYECTO DE URBANIZACIÓN y se están llevando a cabo los trámites para la inscripción en el registro de la propiedad de las fincas o parcelas de cesión gratuita al M.I. de Albarracín donde llevar a cabo la promoción de vivienda protegida. Para más información sobre los parámetros de la viviendas del sector pincha el enlace web inferior.

domingo, 30 de mayo de 2010

SUBVENCIONES EN MATERIA DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO (AÑO 2010)

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El Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de urbanismo y, en particular, el régimen urbanístico del suelo, el planeamiento y gestión y protección de la legalidad urbanística, así como la regulación del régimen jurídico de la propiedad del suelo.



A su vez, y con fecha 1 de octubre de 2009, entró en vigor la nueva Ley de Urbanismo de Aragón que supone una importante renovación del ordenamiento jurídico aragonés en materia urbanística. En este apunte, en su disposición adicional sexta indica que se creará una línea especial de ayudas técnicas y económicas a los municipios para adaptar sus planes generales.




En consecuencia, es objeto de esta Orden del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes convocar subvenciones para la elaboración de instrumentos de planeamiento urbanístico de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón.

Beneficiarios y condiciones
Se considerará actuación subvencionable la contratación de un equipo redactor con la finalidad de llevar a cabo la elaboración, tramitación, desarrollo de alguna de las siguientes finalidades:
  1. Iniciar la elaboración de un PLAN GENERAL de ORDENACIÓN URBANA, de un Plan General de Régimen Simplificado, la revisión de los mismos, o la elaboración de un Texto Refundido.
  2. CONTINUAR la TRAMITACIÓN de un Plan General, Plan General de Régimen Simplificado o su revisión.
Podrán ser BENEFICIARIOS de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria los municipios aragoneses, definidos según la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que deban llevar a cabo la actividad subvencionable. El IMPORTE de la SUBVENCIÓN podrá alcanzar el 90% del presupuesto máximo subvencionable.



El PLAZO de PRESENTACIÓN de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta Orden en el BOA (25/05/2010). Para más información, consulte las bases de la Orden en este enlace web.

jueves, 11 de marzo de 2010

PLAN DE AYUDA AL EQUIPAMIENTO MUNICIPAL ESPECIAL DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL

Este Plan de la Diputación Provincial de Teruel tiene la finalidad de cooperar con los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores turolenses en la prestación de cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.


ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES Y CONDICIONES
Serán subvencionables las inversiones (obras, servicios y suministros de bienes inventariables) vinculadas con la prestación de servicios públicos, siempre y cuando tengan su origen en un hecho imprevisto o extraordinario que afecte a las instalaciones municipales o a la prestación del servicio, y que la actuación a realizar consista en el mantenimiento o reparación de los mismos (Art. 25 y 26 de la Ley 7/85).


Están EXCLUIDAS del Plan de Ayuda al Equipamiento Municipal Especial (PAEM Especial):

  1. Actuaciones incluidas en el Plan de Urgencias, que se regirán por sus propias base (actuaciones en abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, etc.).
  2. Actuaciones, que por su cuantía u objeto, sean susceptibles de ser incluidas en otros Planes generales o específicos de la Diputación Provincial.
  3. Las obras de urbanización que deban costearse obligatoriamente por los propietarios del suelo, de acuerdo con lo previsto en la legislación urbanística.
  4. Actuaciones en sistemas de repetición de señales de Televisión.

Serán BENEFICIARIOS de estas ayudas todos los Municipios y Entidades Locales Menores de la Provincia de Teruel (salvo Teruel capital).


La INVERSIÓN MÁXIMA no podrá superar los 6.000 Euros, IVA incluido. La financiación será del 70 %, del gasto debidamente justificado para aquellos municipios con una población superior a 250 habitantes, del 80 % para los municipios con una población entre 100 y 250 habitantes y los municipios de menos de 100 habitantes tendrán una financiación del 85 %. (véase el mapa superior).


El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes estará abierta a lo largo del ejercicio desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria (BOP de Teruel, de 05-03-2010) hasta el día 31 de octubre de 2010. Para más información, consulte las bases de la convocatoria en este enlace.

MAPA DE RIESGOS POR TENSIONES NATURALES EN LA CIUDAD DE ALBARRACÍN

En Albarracín el estado de las carreteras que surcan su término municipal, por sus trazados sinuosos, sus angosturas en muchos casos y mal estado del firme de algunas vías, hace que exista un importante riesgo de accidentes.


Todo ello se agrava por la climatología adversa invernal (nieves y heladas) y ser profusamente transitadas al ser un núcleo turístico consolidado. Asimismo, la enorme extensión de masas forestales (más del 87%), siendo mas de la mitad pinares de pino rodeno, hace que el riesgo de incendios forestales en Albarracín sea importante máxime cuando se trata de una zona de intensa actividad turística.


Del mismo modo, Albarracín se alza en la escarpada ladera de una montaña, lo que supone un importante riesgo de desprendimiento de materiales calizos que pueden afectar a inmuebles, vías de comunicación y otros bienes materiales. La tabla inferior muestra el histórico de riesgos en el término municipal en los últimos años (pincha la tabla para una mejor resolución).


A su vez, al encontrarse Albarracín en una serranía no se aprecian riesgos importantes de inundaciones en el término municipal, a pesar de que el rio Guadalaviar pasa por el casco urbano de la localidad (meandros). En momentos de crecida éste puede afectar algunos campos de cultivo en la parte baja del pueblo, pero no a viviendas ni vías de comunicación.


Finalmente, los planos inferiores del casco urbano de Albarracín muestran la red viaria e hidrológica donde se delimitan los riesgos por carretera (cruces peligrosos, desprendimientos, riezsgos de accidentes, carreteras estrechas, inundaciones de vías, etc.); así como, otros riesgos de interés (vías de accesibilidad limitada, riesgo de hundimiento de construcciones, riesgos de incendios, etc.). Para una mejor resolución, magnifica el plano y muévete con el ratón por las diferentes zonas del casco urbano.