DEBE INDICARSE, QUE LA SECUENCIA EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN -PRIMERO EL CONCURSO Y DESPUÉS LA OPOSICIÓN LIBRE- NO CONCILIA CON LOS PRINCIPIOS DE EFICACIA Y EFICIENCIA ADMINISTRATIVA, NI TAMPOCO CON EL PRINCIPIO DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO QUE DEBE IMPERAR EN EL ÁMBITO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LO QUE PARECE MÁS QUE PROBABLE QUE EL TRIBUNAL VALORE INVERTIRLA.
Por
Decreto de Alcaldía de fecha 16 de mayo de 2012, se aprueban las
BASES Y LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE ENCARGADO DE SERVICIOS que han sido publicadas en el B.O.P. de Teruel de 29-05-2012 (pinche el enlace anterior para su análisis).
La
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, con arreglo al ANEXO II de la convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General de esta Corporación o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de
VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
BOE (09-06-2012). Por tanto, el plazo concluirá el día
29 de junio del corriente (para más detalles, véase la convocatoria inicial).
Objeto de la Convocatoria del Proceso Selectivo
El objeto será la provisión mediante
CONCURSO OPOSICIÓN LIBRE de una plaza de
ENCARGADO DE SERVICIOS vacante en la plantilla de personal (laboral fijo), incluida en la
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2012 de este ayuntamiento (
B.O.P. de Teruel nº 85 de 8 de mayo de 2012).
- La plaza se encuentra clasificada en la CATEGORÍA C2 con dedicación de JORNADA COMPLETA de lunes a domingo exigiéndose PLENA DISPONIBILIDAD y estará dotada con las retribuciones marcadas en el presupuesto.
- Las FUNCIONES ENCOMENDADAS serán las siguientes: a) Labores de apoyo, pequeñas actuaciones en obras de reparación y mantenimiento de edificios, infraestructuras, maquinaria e instalaciones municipales. b) Organización, planificación, control de obras y servicios, coordinación de recursos humanos y materiales de las distintas instalaciones municipales. Y, a su vez, c) las derivadas de los servicios municipales, bajo las instrucciones del Sr. Alcalde.
- Se constituirá una BOLSA DE EMPLEO para aquellos aspirantes que no hayan obtenido el puesto de trabajo por orden de puntuación.
Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso
El procedimiento de selección se efectuará por el sistema de
CONCURSO OPOSICIÓN LIBRE, donde la
FASE DE CONCURSO será previa a la
FASE DE OPOSICIÓN y, a su vez, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Debe indicarse, que la secuencia de estas fases en el procedimiento de selección –primero el CONCURSO y después la OPOSICIÓN- si bien se ajusta a derecho, no concilia con los
PRINCIPIOS DE EFICACIA Y EFICIENCIA ADMINISTRATIVA, ni tampoco con el
PRINCIPIO DE RACIONALIZACIÓN DEL GASTO que debe imperar en el ámbito de las Administraciones Públicas.
En este apunte, parece más coherente que se lleve a cabo primero la fase de
OPOSICIÓN –donde el Tribunal valora la capacidad de los aspirantes en los diferentes ejercicios teórico-prácticos eliminatorios- y, como consecuencia de ello, realiza una selección previa de aspirantes cuya intensidad dependerá del número de plazas ofertadas y del Tribunal. Seguidamente, suele llevarse a cabo la fase de
CONCURSO o la valoración de méritos (profesionales, cursos de formación, etc.) sobre la muestra de aspirantes que han superado la fase previa de oposición lo que, en definitiva, facilita y minora la labor del Tribunal y, a su vez, reduce los gastos de la Administración convocante (indemnizaciones o dietas).
Del mismo modo, la secuencia invertida –primero la fase de
OPOSICIÓN y, a continuación, la fase de
CONCURSO- asegura más que el Tribunal no se vea influenciado por los méritos de los aspirantes a la hora de evaluar los ejercicios eliminatorios de la fase de la oposición -tal y como indica la premisa establecida en las propias bases de esta convocatoria (
base séptima, apartado 2)-.
La
FASE DE OPOSICIÓN LIBRE (hasta 10 puntos), constará de
DOS EJERCICIOS de carácter eliminatorio y obligatorio, y determinará la capacidad de los aspirantes:
- El PRIMER EJERCICIO, de carácter TEÓRICO y con las materias relacionadas en el ANEXO I, será un cuestionario de 50 preguntas con respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta, y se desarrollará en un tiempo máximo de 90 minutos. A su vez, la contestación correcta se puntuará con 0,20 puntos y cada pregunta contestada erróneamente restará 0,10 puntos. Las preguntas no contestadas no se penalizan. Finalmente, el cuestionario será calificado de 0 a 10 y tendrá carácter eliminatorio para aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
- SEGUNDO EJERCICIO consistirá en la realización por escrito en tiempo máximo de de 90 minutos de un SUPUESTO PRÁCTICO desglosado en preguntas entre dos supuestos planteados por el Tribunal entre las materias específicas contenidas en el Anexo I. El ejercicio será leído por los aspirantes en LECTURA PÚBLICA ANTE EL TRIBUNAL, quien valorará el rigor analítico la sistemática y claridad de ideas para la resolución de las cuestiones planteadas propias del puesto a desempeñar. De forma análoga, este supuesto práctico será calificado de 0 a 10 y tendrá carácter eliminatorio para aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
- Finalmente, la CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN LIBRE vendrá determinada por la MEDIA ARITMÉTICA de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios anteriores, siempre que ambos hayan sido superados.