El OBJETO de la presente Resolución del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte es fomentar que una parte de los estudios universitarios puedan seguirse en universidades distintas a aquella en la que el estudiante se halle matriculado, con reconocimiento inmediato en su expediente académico de los créditos cursados, y facilitar la movilidad de los estudiantes, para consolidar un sistema universitario español más permeable y comunicativo.
El NÚMERO DE BECAS que se convocan es de 2.224, de las que hasta un máximo del 2% se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 65%. Esta asignación inicial, número total de becas convocadas, podrá ser modificada en función de las disponibilidades presupuestarias, atendiendo al carácter variable del coste de las subvenciones según los meses de estancia finales que se concedan.
El PLAZO DE PRESENTACIÓN de solicitudes permanecerá abierto quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOE (27/04/2012).
Los solicitantes de estas becas DEBERÁN ACREDITAR, en la fecha que concluya el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes extremos (véase la Resolución para más detalles):
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