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jueves, 22 de julio de 2010

SUBVENCIONES DEL PLAN FEADER 2011 (UE) PARA AYUNTAMIENTOS

El M.I. AYUNTAMIENTO de ALBARRACÍN obtuvo una AYUDA dentro del Programa FEADER 2010 para la PAVIMENTACIÓN de la C/. SAN JUAN y CALLES ADYACENTES de 20.000 euros.



La Excma. Diputación Provincial de Teruel ha aprobado las normas reguladoras por las que se regirá el Plan FEADER 2.011 (Fondo Europeo Agrícola para el Desarrollo Rural) y convocar el programa de Subvenciones Desarrollo Rural FEADER cuyo objetivo es la renovación y el desarrollo de las poblaciones rurales (Medida 322).

Presupuesto y Condiciones
El PRESUPUESTO del Programa para el año 2011 será de 2.375.786,00 € (excluido el IVA). La aportación FEADER será de 1.187.893,00 € y la aportación de Diputación Provincial será de una cuantía máxima de 831.762,31 euros. Finalmente, la aportación restante será a cargo de los Ayuntamientos en función de su población (véase el cuadro inferior), incluyendo el IVA.



El IMPORTE MÍNIMO de la inversión subvencionable por cada actuación seleccionada, será de 15.000,00 € (se excluirá el IVA).



Los PROYECTOS del Plan FEADER 2011 irán dirigidos a alguna de las siguientes actuaciones:

  1. PAVIMENTACIÓN.
  2. URBANIZACIÓN y MODERNIZACIÓN AMBIENTAL: Mejoras estructurales u ornamentales en núcleos rurales.
  3. ALUMBRADO PÚBLICO.
  4. CONSTRUCCIÓN y MEJORA de ACCESOS RURALES.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del siguiente a la publicación en el BOP de Teruel (01/07/2011), siendo la fecha límite de recepción de solicitudes el 31 de Julio de 2011. Para más información, consulte las bases en este enlace web o pinche la figura inferior.

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domingo, 3 de enero de 2010

Ayudas para municipios en Zonas de Influencia Socioeconómica de Espacios Naturales Protegidos, Refugios de Fauna Silvestre y Reservas de Caza


Varias de las líneas de ayuda contenidas en la presente Orden de convocatoria se encuentran incluidas en el Plan de Desarrollo Rural de Aragón para el periodo de programación 2007- 2013, aprobado por Decisión de la Comisión de 16 de junio de 2008 y financiado por el Fondo Europeo de Agricultura y Desarrollo Rural (en adelante FEADER).

La presente Orden del Departamento de Medio Ambiente tiene por objeto aprobar las bases por las que se rige la convocatoria para el año 2010 de aquellas ayudas con cargo al Fondo Local de Aragón, en materia de inversiones a realizar tendentes a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón. Estas serán las siguientes:

  • Tipo 1: Actuaciones de Ayuntamientos en Zonas de Influencia Socioeconómica de Espacios Naturales Protegidos, Refugios de Fauna Silvestre y Reservas de Caza (artículo 32 del Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón).
  • Tipo 2: Infraestructuras y servicios medioambientales, recursos hidráulicos y medio natural (artículo 31 del Decreto 38/2006 de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón).



ENTIDADES BENEFICIARIAS Y CONDICIONES
Podrán ser beneficiarios de las ayudas del Tipo 1 de la presente Orden los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Aragón relacionados en el anexo II, cuyos términos municipales tienen la consideración de Zonas de Influencia Socioeconómica al encontrarse total o parcialmente incluidos en Espacios Naturales Protegidos y sus Zonas Periféricas de Protección, Refugios de Fauna Silvestre y Reservas de Caza.


A su vez, serán beneficiarios de las ayudas del Tipo 2 de la presente Orden todas las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las ayudas Tipo 1 corresponden a la medida 3.2.2. Renovación y desarrollo de poblaciones rurales del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013 financiado por el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER). Siendo los tipos de costes que pueden ser incluidos en la medida 3.2.2. del FEADER «Renovación y desarrollo de poblaciones rurales» los siguientes:
  1. Inversiones en obras.
  2. Adquisición de equipamiento y elementos inventariables necesarios para la puesta en marcha de la actuación subvencionada.
  3. Gastos relacionados con la inversión: honorarios de técnicos y consultores, estudios de viabilidad y adquisición de derechos, patentes y licencias.

Se trata de inversiones municipales dirigidas a la renovación y desarrollo de infraestructuras para adecuarlas al servicio que deben prestar, como compensación a las posibles limitaciones que impongan la normativa de Espacios Naturales Protegidos, Refugios de Fauna Silvestre y Reservas de Caza. Estas ayudas podrán otorgarse para la realización de las siguientes líneas de actuaciones:

  • Línea 1: Proyectos de implantación y mejora de infraestructuras en núcleos urbanos de poblaciones rurales.
  • Línea 2: Construcción y mejora de caminos y pistas rurales.
  • Línea 3: Alumbrado público.
  • Línea 4: Urbanización: Mejoras estructurales, funcionales y ornamentales en la trama urbana de los núcleos rurales.
  • Línea 5: Abastecimiento de agua y saneamiento municipal.
  • Línea 6: Actuaciones de mejora de infraestructuras rurales en zonas de influencia socioeconómica de Espacios Naturales Protegidos, Refugios de Fauna Silvestre y Reservas de Caza.
  • Línea 7: Infraestructuras dirigidas a la protección y mejora del medio ambiente rural: mejoras en las poblaciones que favorezcan la protección del medio ambiente rural.



Las ayudas Tipo 2, a la que pueden concurrir todas las Entidades Locales, serán para infraestructuras y servicios del medio natural. El objeto de estas ayudas es fomentar el desarrollo rural con el fin de recuperar el equilibrio entre las actividades sectoriales y la conservación del medio natural. Estas ayudas podrán otorgarse para la realización de las siguientes actividades:

  1. Ejecución de inversiones de carácter social, infraestructuras de uso público del medio natural, creación y dotación de centros y otras instalaciones para la información e interpretación de la naturaleza, construcción y mejora de parques rurales y zonas recreativas.
  2. Ejecución de inversiones de naturaleza económica, como mejora de accesos y caminos rurales, aprovechamiento de pastizales y otras acciones de inversión encaminadas al uso sostenible de los recursos naturales.
  3. Aplicación de técnicas más integradas ambientalmente, así como medidas correctoras del impacto ambiental, en la ejecución de proyectos o actuaciones a desarrollar.


CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Las ayudas Tipo 1 se concederán mediante la aplicación de un módulo a la superficie de cada municipio afectada por Espacio Natural Protegido, Refugio de Fauna Silvestre o Reserva de Caza de acuerdo a las siguientes instrucciones:

  • El importe del módulo se establece en 1,87 euros por hectárea de Zona Periférica de Protección, Refugio de Fauna Silvestre o Reserva de Caza, y en 2,81 euros por hectárea de superficie incluida en Espacio Natural Protegido.
  • El importe de la ayuda resultante de la aplicación del módulo se verá incrementado proporcionalmente de acuerdo con la superficie computable por cada municipio hasta agotar el crédito presupuestario reflejado en el apartado Sexto de la presente Orden.
  • Las superficies a considerar para el cálculo de la subvención sólo podrán acogerse a un tipo de las figuras de protección señaladas, quedando excluidas las que reciban subvenciones de otra Administración por el mismo concepto, y las que sean propiedad del Gobierno de Aragón en Refugios de Fauna Silvestre y Reservas de Caza.
  • Los municipios en los que el cálculo de la ayuda, en aplicación de lo establecido en los puntos anteriores, sea inferior a los 1.000 € tendrán la posibilidad de solicitar una única ayuda Tipo 1 por un valor máximo de 1.000 €.

Finalmente, el otorgamiento de las ayudas del Tipo 2 de esta Orden se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.


Municipios de la Sierra de Albarracín beneficiarios de la Ayudas Tipo I (pincha la tabla superior para una mejor resolución). ENP (Espacio Natural Protegido), ZPP (Zona Periférica Protegida), RFS (Reserva de Fauna Silvestre) y RC (Reserva de Caza).

El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente Orden de Convocatoria en el BOA (30-12-2009). Para más información, consúltese las bases de la convocatoria en este en lace web.

sábado, 28 de noviembre de 2009

Programas, Actividades o Inversiones dirigidos a la conservación, mejora y calidad del Medio Ambiente

La presente Orden del Dpto. de Medio Ambiente tiene por objeto efectuar la convocatoria de las ayudas dirigidas al desarrollo de programas, actividades o inversiones para la conservación y mejora del medio natural y el fomento del desarrollo sostenible, la formación, difusión y sensibilización ambiental, el fomento del reciclado, el fomento de reducción de gases de efecto invernadero, la reducción, control y minimización de residuos peligrosos y emisiones a la atmósfera, en la Comunidad Autónoma de Aragón.



BENEFICIARIOS
A continuación, se muestran las modalidades de ayudas, así como los beneficiarios que pueden acceder a ellas, siempre y cuando se hallen radicados en la Comunidad Autónoma de Aragón:
  • AYUDAS TIPO 1 (inversiones y acciones de desarrollo y ordenación de los montes de propiedad privada), las personas físicas, ya sean o no titulares de actividad empresarial y las personas jurídicas que sean titulares de actividades empresariales y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • AYUDAS TIPO 2 (subvención de inversiones en materia de medio natural y desarrollo sostenible no turísticas) y AYUDAS TIPO 3 (subvención de inversiones en materia de desarrollo sostenible turísticas), las personas físicas y jurídicas que sean titulares de actividad empresarial y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • AYUDAS TIPO 4 (subvenciones en materia cinegética y piscícola), AYUDAS TIPO 6 (subvenciones para el fomento de actividades e inversiones en materia de formación, difusión y sensibilización ambiental dirigidas a entidades sin ánimo de lucro adheridas a la Estrategia Aragonesa de Educación Ambiental -EAREA- y, a su vez, las AYUDAS TIPO 8 (subvenciones en materia de actividades e inversiones dirigidas a la mejora de la gestión medioambiental), para las personas jurídicas que desarrollen actividades sin ánimo de lucro, ya tengan en este último caso carácter asociativo o fundacional, siempre que, las asociaciones o fundaciones se hallen debidamente constituidas e inscritas.
  • AYUDAS TIPO 5 (subvenciones en materia de fomento de la actividad económica del reciclado) y AYUDAS TIPO 7 (subvenciones en materia de minimización de residuos y emisiones a la atmósfera), para las personas físicas y las personas jurídicas que sean titulares de actividades empresariales y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente Orden las Entidades Locales aragonesas.


El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes finalizará transcurridos 30 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de la presente Orden (BOA de 16-11-2009). Para más información sobre las actividades subvencionables, consúltese las bases de la Orden en este enlace web.

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viernes, 16 de octubre de 2009

El PLAN FEADER de la DPT beneficiará en 2010 a 76 municipios de la provincia

El programa, aprobado por unanimidad, asciende a 2,3 millones de euros
P. F. / Teruel
El pleno de la Diputación de Teruel aprobó ayer por unanimidad el Programa de Desarrollo Rural Feader 2010, por una total de 2,3 millones de euros, la misma cantidad que en el ejercicio anterior. Un total de 76 municipios se beneficiarán de este plan, en los que se desarrollarán 80 obras.
En declaraciones a los medios, el presidente de la Diputación de Teruel, el socialista Antonio Arrufat, recordó que la celebración de un pleno extraordinario responde a que el plan ha de estar acordado antes de 15 de octubre. Las obras tendrán un plazo máximo para su terminación y justificación del 15 de julio de 2010.




Arrufat señaló que la Diputación de Teruel ha mantenido su inversión en estos planes, que son cofinanciados con los fondos Feader de la Unión Europea y con los Ayuntamientos beneficiarios de las ayudas. Así, la financiación del Feader es del 50% y de la Diputación de Teruel y los respectivos Ayuntamientos el 50% restante.



Por su parte, el vicepresidente primero de la Diputación de Teruel, Inocencio Martínez (PAR), explicó que las ayudas se reparten en función del número de habitantes y recordó que los criterios de reparto se modificaron con el actual equipo de gobierno para posibilitar que los municipios de menos habitantes recibierán un porcentaje mayor de ayuda, conscientes de que “los pueblos pequeños reciben ingresos inferiores”.
Así, los municipios de población inferior de 100 habitantes recibirán un 85% de subvención; los situados entre 100 y 250 habitantes tendrán un 75% de subvencción y los municipios de más de 250 habitantes verán subvencionadas sus obras en un 70% de su presupuesto.
Fuente: Extracto del Diario de Teruel (10-09-2009).

PAVIMENTACIÓN DE LA CALLE SAN JUAN Y ADYACENTES
Con respecto al municipio de Albarracín, y dentro de la distribución de los fondos del PLAN FEADER 2010 (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural), le han correspondido 20.000 euros, de los que el 30% deberá aportarlos el M.I. Ayuntamiento de Albarracín.


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sábado, 11 de julio de 2009

Programa de Subvenciones de Desarrollo Rural FEADER 2010 (UE) para Ayuntamientos

De conformidad con el Acuerdo Plenario de la Diputación Provincial de Teruel de fecha 26 de junio de 2009, se han aprobado las normas reguladoras de las subvenciones del Plan FEADER 2010 de la Unión Europea, cuyo objetivo es la renovación y el desarrollo de las poblaciones rurales (medida 322).

Bases reguladoras, créditos y financiación
El Presupuesto del Programa para el año 2010 será de 2.315.387,28 euros. La aportación FEADER será de 1.157.693,64 euros (50% del total) que satisfará el Gobierno de Aragón como órgano pagador del Programa de Desarrollo Rural de Aragón. De otro lado, la aportación de Diputación Provincial será de una cuantía máxima de 570.000,00 euros (24,62%) y, finalmente, la aportación restante será a cargo de los Ayuntamientos (587.693,64 euros; 25,38%) y dependerá del censo poblacional (RD 2124/2008).

Serán beneficiarios los Ayuntamientos y entidades locales de la provincia de Teruel, siendo subvencionables las siguientes actuaciones: 1) pavimentación; 2) urbanización y modernización ambiental; 3) alumbrados públicos y, asimismo, 4) construcción y mejora de accesos rurales. El plazo para realizar las inversiones comenzará el día 16 de octubre de 2009 y finalizará el día 15 de julio de 2010.


El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes tendrá como fecha límite de recepción el 31 de julio. Para más información, consúltese la convocatoria en este enlace.