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sábado, 17 de abril de 2010

PROGRAMAS DE MEJORA GENÉTICA OVINA DE RAZAS AUTÓCTONAS EN TERUEL (AÑO 2010)

La Diputación Provincial de Teruel mantiene diversos Programas de Mejora Genética Ovina en la provincia de Teruel para la mejora de los estándares raciales y los índices de prolificidad y fertilidad de las diferentes razas ovinas autóctonas radicadas en la provincia: CARTERA, MAELLANA y OJINEGRA.

El OBJETIVO será no sólo el mantenimiento de las mismas, sino incluso el incremento de los censos y, en última instancia, la mejora de la calidad y de la tipificación de los corderos, que está permitiendo una mejor comercialización de los mismos.



Las presentes bases tienen por objeto, regular la convocatoria para la selección de explotaciones ovinas de la razas autóctonas anteriores colaboradoras de la Diputación Provincial en el Programa de Mejora Genética de las mismas, a desarrollar en la provincia de Teruel en el período 2010-2011.

El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será el comprendido entre el día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOP de Teruel (09/04/2010) y el 30 de mayo de 2010. Para obtener más información sobre los "Programas de Mejora Genética Ovina", pinche los enlaces inferiores que sean de su interés:
  1. Raza CARTERA y MAELLANA (bases).
  2. Raza OJINEGRA (bases).
A su vez, puede dirigirse para solicitar información a su Oficina Comarcal de Agricultura y Alimentación (OCA) más próxima.
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jueves, 8 de abril de 2010

FOMENTO de RAZAS GANADERAS AUTÓCTONAS en RÉGIMEN EXTENSIVO (Año 2010)

La última reforma de la PAC, iniciada en 2003, apuesta por una producción agraria más acorde con el medio natural y una utilización sostenible de sus recursos. En esta línea, se pretenden fomentar modos de producción ganadera ligados a la tierra y al empleo de razas autóctonas (Real Decreto 1724/2007).



Esta Orden del Departamento de Agricultura y Alimentación tiene por objeto convocar subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos para el año 2010, con fines de obtención de productos de calidad y de mejora de la cabaña ganadera. Estas subvenciones se desarrollarán en un programa de cinco años, habiéndose realizado su primera convocatoria en el año 2008.



ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES Y CONDICIONES
Será susceptible de subvención el ejercicio de la actividad de las explotaciones ganaderas aragonesas, que cuenten con animales reproductores pertenecientes a razas autóctonas y estén orientadas a la consecución de los siguientes fines:
  1. Promover la conservación y mejora del medio ambiente y el entorno natural.
  2. Contribuir a la conservación y mejora de la raza ganadera autóctona explotada.
  3. Llevar a cabo unas adecuadas prácticas de higiene y bienestar animal.
  4. Garantizar una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos naturales.

Serán BENEFICIARIOS de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganaderas aragonesas que hayan sido beneficiarios de las ayudas reguladas en esta convocatoria para los ejercicios 2008 y/o 2009.



El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes comenzará el día de la publicación de esta orden en el BOA (08-04-2010) y finalizará el día 30 de abril de 2010. Para más información, consulte las bases de la convocatoria en este enlece web o acuda a la Oficina Comarcal de Agricultura y Alimentación (OCA) de Albarracín (C/. Catedral, nº 5, 2ª planta).
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domingo, 12 de julio de 2009

Ayudas para el fomento de las razas ganaderas autóctonas y españolas en regímenes extensivos

Para potenciar el llamado modelo europeo de producción agroalimentaria, más acorde con el medio natural, el bienestar animal y el fomento de las razas autóctonas, se han llevado a cabo políticas y estrategias que fomenten la conservación de la biodiversidad y de aquellas razas muy adaptadas al territorio. En este sentido, la ganadería extensiva basada en la utilización de razas autóctonas y españolas adapta­das a determinados hábitats, constituye una producción de gran importancia desde el punto de vista económico, social y medioambiental.

La explotación de estas razas en zonas desfavorecidas de montaña y, por lo tanto, en condiciones de especial dificultad, permite el aprovechamiento de los recursos pastables y la conservación de los ecosistemas valiosísimos de pastos y dehesas que, de otra manera, se degradarían irremediablemente (“biomasa forestal”).

Esta orden del Departamento de Agricultura y Alimentación establece las bases para la concesión de subvenciones para el fomento de sistemas de producción extensivos de razas ganaderas oficialmente catalogadas como autóctonas espa­ñolas y españolas bovinas y, a su vez, de razas autóctonas españolas de las especies ovina y caprina (RD 2129/2008). Dichas subvenciones se desarrollarán a través de un programa de cinco años.

Serán beneficiarios las personas, físicas o jurídicas, titulares de explotaciones ganaderas de ganado vacuno, ovino y caprino, registradas conforme a lo dis­puesto en el RD 479/2004, que estén ubicadas en las comarcas de Jacetania, Alto Gállego, Sobrarbe, Ribagorza, Maestrazgo, Gúdar-Javalambre y Sierra de Albarracín.

La cuantía de las ayudas previstas en esta orden serán de 100 euros por UGM (Unidades de Ganado Mayor) de animal reproductor reconocido e inscrito en el libro genealógico como perteneciente a raza autóctona de fomento o raza española, y de 130 euros por UGM de animal reproductor re­conocido e inscrito en el libro genealógico como perteneciente a raza autóctona de protección especial, no pudiendo ser superior a 6.000 euros por explotación ganadera.

El PLAZO de PRESENTACIÓN de las solicitudes será de un mes a partir del día de la publica­ción de la presente orden en el BOA (06-07-2009). Para más información, consúltese las bases de la orden en este enlace o acuda a la Oficina Comarcal de Agricultura y Alimentación de Albarracín (C/. Catedral, nº 5).