El Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, aprobó un Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+). Este Plan establece acciones concretas, concentradas en los sectores con un mayor potencial, que requieren de mayor urgencia en su implantación y un mayor apoyo para conseguir los objetivos energéticos previstos.
En esta línea, y mediante un convenio de colaboración con el Gobierno de España, el Gobierno de Aragón a través del Departamento de Industria, Comercio y Turismo ha abierto el plazo para la adquisición de los aparatos electrodomésticos con derecho a ayuda. Este plazo comenzará el día 1 de julio de 2010 finalizando el día 15 de diciembre de 2010, o en su caso, cuando se agote el presupuesto asignado para este programa de ayudas.
Los comercios que todavía no se hayan adherido al Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón podrán hacerlo a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOA (30-06-2010).
BENEFICIARIOS Y CONDICIONES
Serán posibles beneficiarias las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que como máximo sustituyan un único electrodoméstico de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo, por otros con etiqueta energética de clase A o superior, además del reemplazo de encimeras eléctricas por otras de inducción y gas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
BENEFICIARIOS Y CONDICIONES
Serán posibles beneficiarias las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que como máximo sustituyan un único electrodoméstico de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo, por otros con etiqueta energética de clase A o superior, además del reemplazo de encimeras eléctricas por otras de inducción y gas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se considerará como actuación susceptible de ayuda la sustitución de electrodomésticos por otros con etiqueta energética de la clase A o superior. En el caso de las cocinas, incluirá la sustitución de encimeras eléctricas convencionales o vitrocerámicas por encimeras de inducción o encimeras de gas. Será susceptible de ayuda la adquisición de los aparatos electrodomésticos con las siguientes prestaciones mínimas:
- Frigoríficos, frigorífico-congelador y congelador con clasificación energética A+ y A++
- Lavadoras clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético ≤ 170 Wh/kg
- Lavavajillas clasificación energética A y eficacia de lavado A
- Lavavajillas con clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético ≤ 0,98 kWh/ciclo
- Lavadoras y lavavajillas termoeficientes, según las definiciones recogidas en las Especificaciones Técnicas AENOR AE 0035 y AE 0040, respectivamente, y clasificación energética A y eficacia de lavado A
- Hornos de clasificación energética A
- Encimeras de inducción total y mixta y encimeras de gas.
Sólo será subvencionable por cada beneficiario, la compra de un aparato de cada uno de los tipos establecidos a continuación: frigorífico, frigorífico-congelador, congelador, lavadora, lavavajillas, horno y encimera; y siempre mediante la correspondiente sustitución del aparato antiguo por el nuevo (véase la tabla inferior para la cuantía de la ayuda).
A su vez, el electrodoméstico sustituido no podrá ser reutilizado. En este sentido, el vendedor se ha de comprometer a retirar el electrodoméstico sustituido, para ser reciclado. Para más información, consulte las bases de esta Orden en este enlace web.
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