martes, 22 de diciembre de 2009

Ayudas destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo para el año 2010

La presente resolución tiene como objeto convocar subvenciones públicas a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo destinadas a los Programas de Escuelas Taller y Talleres de Empleo de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo de 16 de marzo de 2006 (BOA nº 36 de 27 de marzo).

Los proyectos objeto de financiación se configuran como programas mixtos de formación y empleo que tienen como finalidad mejorar la ocupabilidad de los desempleados menores de 25 años (Escuelas Taller) y de los mayores de 25 años (Talleres de Empleo) mediante el desarrollo de obras o servicios de utilidad pública o social y con la finalidad de facilitar su inserción laboral. Éstos, se estructuran en dos programas:

  • PROGRAMA GENERAL. Escuelas Taller y Talleres de empleo que realizan obras o servicios de utilidad pública o social, prioritariamente relacionados con actividades emergentes, entendiéndose como tales las que hagan referencia a las tecnologías de información y comunicación (TIC), energías renovables, medio ambiente, servicios de alto valor añadido, reciclaje, industrias agroalimentarias y productos ecológicos.
  • Talleres de empleo EMPRENDEDORES. Talleres de empleo dirigidos a desempleados mayores de 25 años, con una duración máxima de 6 meses cuyo objetivo sería el desarrollo de un proyecto empresarial, la finalidad de estos Talleres es favorecer el autoempleo del colectivo de desempleados con inquietudes emprendedoras.



BENEFICIARIOS
Los proyectos de Escuelas Taller y Talleres de Empleo podrán ser promovidos por las siguientes entidades, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes:

  1. Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  2. Corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo.
  3. Dependientes o asimiladas de las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Corporaciones locales.
  4. Consorcios con sede en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  5. Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos con sede en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El PLAZO de PRESENTACIÓN de las solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOA (14-12-2009). Para más información, consúltese las bases de la resolución de esta convocatoria en este enlace.

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