miércoles, 9 de diciembre de 2009

Ayudas a Entidades Locales para la integración social de la población extranjera inmigrante

El Estatuto de Autonomía de Aragón (Ley Orgánica 5/2007) atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia en materia de integración de inmigrantes y, en especial, la puesta de marcha de medidas para su adecuada integración social, laboral y económica. A su vez, las Cortes de Aragón aprobaron el II Plan Integral para la Convivencia Intercultural en Aragón 2008-2011, cuyo finalidad es favorecer el proceso de integración plena de las personas inmigrantes.



Como consecuencia de ello, el Departamento de Servicios Sociales y Familia publica esta orden de convocatoria de subvenciones correspondiente a 2010 destinada a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para apoyar actuaciones a favor de la integración social de la población de origen extranjero residente en Aragón.

Serán BENEFICIARIAS las Entidades Locales aragonesas y, en particular, las Comarcas, la Mancomunidad Central de Zaragoza y Ayuntamientos con una población superior a 20.000 habitantes. En la presente convocatoria, se considerarán como prioritarios aquellos Planes, programas o proyectos cuyos objetivos se orienten a:

  • La acogida integral de la población de origen extranjero en Aragón, que incluyan introducción en la sociedad de acogida, acompañamiento a los servicios públicos e itinerarios de inserción.
  • La inserción social de familias inmigrantes, especialmente, en el medio rural aragonés.
  • El refuerzo del personal técnico de los Servicios Sociales de Base, dedicado a programas relacionados con la integración social de inmigrantes y la convivencia intercultural.
  • El refuerzo de las prestaciones económicas de los Servicios Sociales relacionadas con la cobertura de necesidades básicas, la inserción laboral y educativa, y otras necesidades sociales emergentes.
  • La promoción de itinerarios e iniciativas de integración laboral y social de las mujeres y jóvenes de origen extranjero.
  • La realización de proyectos o programas de trabajo con infancia y juventud, de origen extranjero y autóctono, en los niveles preventivo, de promoción social y acción socio educativa, para el fomento de la convivencia.
  • Y, finalmente, el impulso, la creación y desarrollo de Planes comarcales de inmigración y/o convivencia, así como espacios conjuntos de coordinación y trabajo en red.

El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de un mes contando a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOA (02-12-2009). Para más detalles, consúltense las bases de la orden en este enlace web.

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