Como consecuencia de ello, el Departamento de Servicios Sociales y Familia publica esta orden de convocatoria de subvenciones correspondiente a 2010 destinada a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para apoyar actuaciones a favor de la integración social de la población de origen extranjero residente en Aragón.
Serán BENEFICIARIAS las Entidades Locales aragonesas y, en particular, las Comarcas, la Mancomunidad Central de Zaragoza y Ayuntamientos con una población superior a 20.000 habitantes. En la presente convocatoria, se considerarán como prioritarios aquellos Planes, programas o proyectos cuyos objetivos se orienten a:
Serán BENEFICIARIAS las Entidades Locales aragonesas y, en particular, las Comarcas, la Mancomunidad Central de Zaragoza y Ayuntamientos con una población superior a 20.000 habitantes. En la presente convocatoria, se considerarán como prioritarios aquellos Planes, programas o proyectos cuyos objetivos se orienten a:
- La acogida integral de la población de origen extranjero en Aragón, que incluyan introducción en la sociedad de acogida, acompañamiento a los servicios públicos e itinerarios de inserción.
- La inserción social de familias inmigrantes, especialmente, en el medio rural aragonés.
- El refuerzo del personal técnico de los Servicios Sociales de Base, dedicado a programas relacionados con la integración social de inmigrantes y la convivencia intercultural.
- El refuerzo de las prestaciones económicas de los Servicios Sociales relacionadas con la cobertura de necesidades básicas, la inserción laboral y educativa, y otras necesidades sociales emergentes.
- La promoción de itinerarios e iniciativas de integración laboral y social de las mujeres y jóvenes de origen extranjero.
- La realización de proyectos o programas de trabajo con infancia y juventud, de origen extranjero y autóctono, en los niveles preventivo, de promoción social y acción socio educativa, para el fomento de la convivencia.
- Y, finalmente, el impulso, la creación y desarrollo de Planes comarcales de inmigración y/o convivencia, así como espacios conjuntos de coordinación y trabajo en red.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de un mes contando a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOA (02-12-2009). Para más detalles, consúltense las bases de la orden en este enlace web.
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