BENEFICIARIOS Y CONDICIONES
Podrán optar a las subvenciones que se establecen en la presente convocatoria los Ayuntamientos pertenecientes a la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Los proyectos subvencionables serán:
- Oficinas de Turismo ubicadas en alguno o algunos de los municipios de la Comarca de la Sierra de Albarracín: gastos de funcionamiento, mantenimiento e equipamiento. Quedarán excluidos los gastos de inversión, gastos de nóminas y seguros sociales del personal de las oficinas, viajes meramente recreativos y multas y sanciones.
- Promoción de Ferias, Mercados y cualquier tipo de actividad que pueda repercutir en la promoción turística de la Comarca la Sierra de Albarracín.
- Proyectos turísticos con valoración de interés comarcal.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de las presentes bases en el “Boletín Oficial” de la provincia de Teruel (09-02-2010). Para más información, consúltese las bases de la convocatoria en este enlace web.
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