BENEFICIARIOS Y CONDICIONES
Podrán optar a las subvenciones que se establecen en la presente convocatoria las Entidades sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia cuya sede social se ubique en el territorio de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Será preceptivo que las Asociaciones de hallen inscritas con tal carácter, en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Los PROYECTOS SUBVENCIONABLES serán:
- Actividades culturales que se desarrollen en cualquiera de los municipios de la Comarca de la Sierra de Albarracín, sujetos a un programa o proyecto de actuación.
- Actividades puntuales de promoción y divulgación cultural: música, teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, publicaciones, intercambios, festivales y certámenes, participación en encuentros, actuaciones, etc. así como la promoción y en general, todos aquellos programas o actividades de fomento en materia de cultura.
- Actividades educativas extraescolares.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de las presentes bases en el “Boletín Oficial” de la provincia de Teruel (09-02-2010). Para más información, consúltese las bases de la convocatoria en este enlace web.
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