domingo, 3 de enero de 2010

PLAN RENOVE de ELECTRODOMÉSTICOS en la COMUNIDAD AUTÓNOMA de ARAGÓN (año 2009)

El Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, aprobó un Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+). Este Plan establece unas acciones concretas, concentradas en los sectores con un mayor potencial, que requieren de mayor urgencia en su implantación y un mayor apoyo para conseguir los objetivos energéticos previstos.



En esta línea, y mediante un convenio de colaboración con el Gobierno de España, el Gobierno de Aragón a través del Departamento de Industria, Comercio y Turismo ha abierto el plazo para la adquisición de los aparatos electrodomésticos con derecho a ayuda. Este plazo comenzará el día 7 de enero de 2010 finalizando el día 30 de junio de 2010, o en su caso, cuando se agote el presupuesto asignado para este programa de ayudas.
Los comercios que todavía no se hayan adherido al Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón podrán hacerlo a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOA (30-12-2009).

BENEFICIARIOS Y CONDICIONES
Serán posibles beneficiarias las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que como máximo sustituyan un único electrodoméstico de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo, por otros con etiqueta energética de clase A o superior, además del reemplazo de encimeras eléctricas por otras de inducción y gas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.



Se considerará como actuación susceptible de ayuda la sustitución de electrodomésticos por otros con etiqueta energética de la clase A o superior. En el caso de las cocinas, incluirá la sustitución de encimeras eléctricas convencionales o vitrocerámicas por encimeras de inducción o encimeras de gas. Se considera como susceptible de ayuda la adquisición de los aparatos electrodomésticos con las siguientes prestaciones mínimas:

  • Frigoríficos, frigorífico-congelador y congelador con clasificación energética A, A+ y A++;
  • Lavadoras clasificación energética A y eficacia de lavado A;
  • Lavavajillas clasificación energética A y eficacia de lavado A;
  • Lavadoras y lavavajillas termoeficientes, según las definiciones recogidas en las Especificaciones Técnicas AENOR AE 0035 y AE 0040, respectivamente, y con clasificación energética A y eficacia de lavado A;
  • Hornos de clasificación energética A.
  • Encimeras de inducción y encimeras de gas.

Sólo será subvencionable por cada beneficiario, la compra de un aparato de cada uno de los tipos establecidos a continuación: frigorífico, frigorífico-congelador, congelador, lavadora, lavavajillas, horno y encimera; y siempre mediante la correspondiente sustitución del aparato antiguo por el nuevo (véase la tabla inferior para la cuantía de la ayuda). A su vez, el electrodoméstico sustituido no podrá ser reutilizado. En este sentido, el vendedor se ha de comprometer a retirar el electrodoméstico sustituido, para ser reciclado. Para más información, consúltese las bases de esta Orden en este enlace web.


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