miércoles, 11 de abril de 2012

Ayudas para el ahorro y diversificación energética, el uso racional de la energía, el aprovechamiento de recursos autóctonos y renovables e infraestructuras energéticas (2012)


La presente Orden del Departamento de Industria e Innovación tiene por objeto convocar para el año 2012 la concesión de las ayudas establecidas en el Decreto 216/2005, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan subvenciones en materia de ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía, aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables e infraestructuras energéticas.


El PLAZO DE PRESENTACIÓN de las solicitudes el 30 de abril de 2012. Para más información, consulte las bases de esta convocatoria en el anterior enlace web.


Proyectos subvencionables y cuantía de las ayudas
Serán objeto de subvención las actuaciones realizadas y efectivamente pagadas entre el 16 de octubre de 2011 y el 15 de octubre de 2012, en materia de:

a) Ahorro y diversificación energética, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos y renovables:

  • MINIHIDRÁULICA. Minicentrales con potencia inferior a 5 MW correspondientes a nuevas concesiones o a la rehabilitación y modernización de centrales ya existentes también con una potencia inferior a 5 MW. Hasta un máximo del 20 % del coste elegible de la inversión subvencionable.


  • BIOMASA. Utilización de la biomasa para producción de energía térmica para uso residencial e industrial (hasta un máximo del 40% del coste elegible de la inversión); así como, para la producción conjunta de energía térmica y eléctrica, o eléctrica, para uso residencial e industrial (hasta un máximo del 10% del coste elegible de la inversión).


b) Optimización y desarrollo de las infraestructuras energéticas. Proyectos referidos al art. 2 (secciones segunda y tercera) del Decreto 216/2005. Con carácter general, y salvo excepción debidamente motivada, las obras serán subvencionadas hasta una cuantía del 40 % del coste elegible de la inversión, entendiéndose por coste elegible de la inversión aquél específicamente imputable a la actuación energética propuesta. Por razones de eficiencia y economía de tramitación, la resolución de las solicitudes de ayuda para infraestructuras (eléctricas o gasistas) podrá adoptar la forma de Convenio.






c) Inversiones en materia de investigación y desarrollo, cuyo objeto sea el uso eficiente de la energía y el aprovechamiento de las fuentes de energías autóctonas y renovables, incluidos nuevos proyectos de producción y aprovechamiento de hidrógeno usando fuentes autóctonas y renovables. Las inversiones realizadas y honorarios de acreditación de la norma UNE 216.301 de gestión energética. Además se considerarán subvencionables los hechos diferenciales, cualquier proyecto energético cuya implantación aporte un valor añadido especial para Aragón. Hasta un máximo del 20 % del coste elegible de la inversión.




Beneficiarios de las citadas ayudas o subvenciones
Podrán acogerse a las diferentes líneas de ayudas o subvenciones de la presente Orden los siguientes peticionarios:

  • Para las actuaciones y materias relacionadas con los apartados a) y c) de proyectos subvencionables, serán elegibles las empresas privadas y autónomos, las corporaciones locales, las instituciones sin ánimo de lucro y los particulares.
  • Para las actuaciones y materias relacionadas con el apartado b) de proyectos subvencionables, todas aquellas entidades, empresas o particulares que pretendan realizar inversiones en electrificación o gasificación en el medio rural. En estos casos, podrán ser beneficiarios los ayuntamientos e instituciones o entidades sin ánimo de lucro cuando sean titulares, total o parcialmente, de la instalación, sin perjuicio de que la instalación de enlace al sistema eléctrico o gasista pueda, posteriormente, ser cedida a la empresa distribuidora, como receptora de la energía vehiculada.


Para MÁS INFORMACIÓN, pinche el enlace web de la Orden o las bases de la convocatoria o acuda a la Agencia de Empleo y Desarrollo Local de la Comarca de la Sierra de Albarracín (C/. Catedral nº 5).


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