Serán beneficiarios los Ayuntamientos de la provincia de Teruel, las Asociaciones, ONGs, Federaciones y el resto de entidades de derecho privado. Se concederán las subvenciones a los solicitantes que reúnan los requisitos para ser beneficiarios por orden de recepción en el registro de entrada de la Diputación Provincial y hasta el límite de gasto autorizado en la propia convocatoria. El importe máximo de subvenciones que se concedan para la realización de una actividad no superará los 2.000 €.
Las solicitudes se podrán formular a lo largo del ejercicio desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el día 30 de noviembre de 2009. El plazo para justificar las subvenciones concedidas tanto por la Presidencia como por la Junta de Gobierno concluirá el 18 de diciembre de 2009.
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