El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad, es consciente del reto que supone la incorporación efectiva a la sociedad de la información y, en este sentido, ha aprobado el I Plan Director para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, que incluye entre sus estrategias operativas «las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) como elemento vertebrador del territorio». Dicha estrategia se materializa, entre otros, en el programa operativo «Modernización de la Gestión del Sector Local»
Entre las líneas de actuación contempladas en el Plan Avanza se encuentra el Programa Ciudades Digitales Electrónicas, que se orienta a garantizar el derecho de los Ciudadanos de realizar todas sus gestiones con la Administración Local por medios electrónicos.
Las ayudas que se convocan en la Orden van destinadas a subvencionar proyectos de implantación de servicios y aplicaciones de administración electrónica, incluyendo tanto actuaciones de modernización interna de la administración local, como de mejora de su interacción con los ciudadanos y con otras administraciones. Estarán destinadas a las entidades locales de población inferior a 20.000 habitantes que vayan a realizar actuaciones para sí mismas, o bien a través de entidades supramunicipales.
Se considerarán actuaciones o proyectos subvencionables los que se realicen durante los años 2009 y 2010 consistentes en proyectos de servicios y aplicaciones de Administración electrónica. Entre ellos, destacan: a) proyectos de implantación de herramientas o soluciones tecnológicas para la modernización de la gestión interna de la administración local, que incluyan actuaciones de formación del personal en el uso y manejo de las mismas; b) actuaciones dirigidas a mejorar la interacción de los servicios públicos con los ciudadanos a través de la incorporación de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), y c) proyectos de implantación de aplicaciones que faciliten la interoperabilidad entre administraciones públicas.
Las solicitudes de subvención se formalizarán según el modelo normalizado previsto en el Anexo I de la Orden. A su vez, el PLAZO de PRESENTACIÓN será de 20 días hábiles a partir de la fecha de la publicación de esta convocatoria (30-03-2009). Para más información, consúltese las bases de la convocatoria.
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