La Comarca ha publicado su Plan de subvenciones para el 2009 con anterioridad al objeto de ampliar los plazos de justificación de las mismas. Serán 6 las líneas de subvención.
1) En materia de Acción Social para Asociaciones de Mayores (equipamiento, actividades y mantenimiento): Serán objeto de la subvención las actividades realizadas en los hogares de mayores de la Comarca de la Sierra de Albarracín en las modalidades de: a) mantenimiento de instalaciones y b) actividades y equipamiento. Quedarán excluidas las inversiones en bienes o material inventariable de más de 3.000 euros, viajes, vinos de honor, comidas y regalos.
2) En materia de Acción Social para Entidades sin ánimo de lucro: Podrán optar las Entidades sin ánimo de lucro cuya sede social o delegación se ubique en el territorio de la Comarca. Será preceptivo que las Asociaciones se hallen inscritas con tal carácter, y una antigüedad mínima de 6 meses en el Registro General de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El objeto incentivar la realización de cursos y de proyectos de actividades relativas a personas mayores, disminuidos, infancia, inmigrantes, minorías étnicas y colectivos con especiales problemas de marginación que, como condición indispensable, se desarrollen el alguno o algunos de los municipios de la Comarca de la Sierra de Albarracín durante el año 2009.
3) En materia de Promoción y Fomento de la Cultura para Ayuntamientos: Optarán a estas subvenciones los Ayuntamientos pertenecientes a la Comarca. El objeto será incentivar la realización de proyectos en el ámbito cultural, en su más amplia acepción que, como condición indispensable, se desarrollen en los municipios de la Comarca de la Sierra de Albarracín durante el año 2009.
Los proyectos subvencionables serán para: a) actividades culturales; b) actividades puntuales de promoción y divulgación cultural (música, teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, publicaciones, intercambios, festivales y certámenes, participación en encuentros, programas, actuaciones, pruebas, etc.; c) Bibliotecas Municipales y salas de lectura (funcionamiento, suministros y adquisición de libros; d) Archivos y Museos (funcionamiento, jornadas, exposiciones, etc.
4) En materia de Promoción y Fomento de la Cultura para Entidades sin ánimo de lucro: Podrán optar las Entidades sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia cuya sede social se ubique en el territorio de la Comarca de la Sierra de Albarracín.
Los proyectos subvencionables serán: a) actividades culturales; b) actividades puntuales de promoción y divulgación cultural (música, teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, publicaciones, intercambios, festivales y certámenes, participación en encuentros, actuaciones, etc.; y, finalmente, c) actividades educativas extraescolares. Quedarán excluidos: los gastos de inversión (excepto adquisición de mobiliario y equipamiento), comidas y viajes meramente recreativos, etc.
5) En materia de Deportes y Juventud para Ayuntamientos y Entidades sin ánimo de lucro: Podrán participar los Ayuntamientos de la Comarca, y las Entidades sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia cuya sede social se ubique en esta delimitación comarcal. El objetivo será incentivar la realización de proyectos de actividades deportivas y juveniles, y en general, todos aquellos programas o actividades de fomento en materia deportiva y juvenil, en su más amplia acepción.
La finalidad de la subvención será atender gastos necesarios para el buen desarrollo del proyecto objeto de la subvención. Quedarán excluidas las inversiones en bienes inventariables (excepto material fungible y de equipamiento para deportes colectivos: canastas, porterías, balones, etc.), alquileres de locales, viajes, gastos ordinarios y de mantenimiento de la asociación, vinos de honor, comidas regalos y cualquier gasto que no tenga relación con la actividad objeto de la subvención. Así mismo se excluirá la subvención de actividades que vienen siendo programadas por los Servicios Comarcales de Deportes de la Sierra de Albarracín.
6) En materia de Promoción y Fomento del Turismo para Ayuntamientos: Optarán a la convocatoria los Ayuntamientos pertenecientes a la Comarca de la Sierra de Albarracín. El objetivo será incentivar la realización de proyectos de actividades o programas de fomento en materia de turismo.
Los proyectos subvencionables serán: a) Oficinas de Turismo ubicadas en alguno o algunos de los municipios de la Comarca (gastos de funcionamiento, mantenimiento y equipamiento); b) promoción de Ferias, Mercados y cualquier tipo de actividad que pueda repercutir en la promoción turística de la Comarca la Sierra de Albarracín; y, finalmente, c) proyectos turísticos de interés comarcal.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de las presentes bases en el “Boletín Oficial” de la provincia de Teruel (12-05-2009). Para más información, consúltese la convocatoria (primer párrafo) o acuda a la sede comarcal (C/. Catedral, 5 de Albarracín).
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