Serán objeto de subvención las inversiones realizadas y pagadas desde el 1 de enero de 2009, por las siguientes cuantías y actuaciones:
a) Adquisición de equipos informáticos e innovación tecnológica (línea ADSL) para aquellos establecimientos turísticos que estando incorporados a la Central de Reservas de Aragón (http://www.visitaragon.es/) lleven a cabo operaciones on-line. Hasta un máximo del 50% del coste elegible de la inversión. Se excluye el diseño de páginas web, los programas de gestión informática, así como maquinaria de uso administrativo o de comunicación, como fotocopiadoras, faxes, televisores, etc.
b) Actuaciones destinadas a facilitar la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas que establece el Decreto 19/1999. Hasta un máximo del 20% del coste elegible de la inversión.
c) Actuaciones de infraestructura y equipamiento exigidas para la incorporación de establecimientos turísticos a programas de calidad (como Q de calidad, ISO 9001). Hasta un máximo del 20% del coste elegible de la inversión.
d) Inversiones para la mejora de la seguridad contra incendios y la seguridad de las personas en los establecimientos turísticos. Hasta un máximo del 20% del coste elegible de la inversión.
Serán beneficiarias las PYMES, que realicen su actividad en Aragón y se encuentren inscritas en el registro de establecimientos turísticos. Las actuaciones deberán realizarse en el año 2009.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta orden (BOA de 06-05-2009) y se mantendrá vigente durante un mes. Para más información consúltese las bases de la convocatoria en el enlace web superior.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta orden (BOA de 06-05-2009) y se mantendrá vigente durante un mes. Para más información consúltese las bases de la convocatoria en el enlace web superior.
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