Beneficiarios y condicionantes
El NÚMERO de PLAZAS de internado será el correspondiente a las vacantes que se produzcan para el curso 2010/11, una vez cubiertas las necesidades de plazas de renovación automática, de acuerdo con la programación que cada Servicio Provincial establezca (ver anexo I de la Orden).
La SOLICITUD de PLAZA se presentará en las residencias indicadas del anexo I de esta convocatoria. Asimismo, la documentación a presentar, los requisitos de los solicitantes, los criterios de selección y los plazos de resolución se determinan en las bases de esta convocatoria.
El NÚMERO de PLAZAS de internado será el correspondiente a las vacantes que se produzcan para el curso 2010/11, una vez cubiertas las necesidades de plazas de renovación automática, de acuerdo con la programación que cada Servicio Provincial establezca (ver anexo I de la Orden).
La SOLICITUD de PLAZA se presentará en las residencias indicadas del anexo I de esta convocatoria. Asimismo, la documentación a presentar, los requisitos de los solicitantes, los criterios de selección y los plazos de resolución se determinan en las bases de esta convocatoria.
El PLAZO de PRESENTACIÓN se extenderá desde el día siguiente a la publicación de esta Orden (BOA de 17/05/2010) hasta el día 30 de junio para las Escuelas-Hogar, y hasta el 14 de julio para residencias dependientes de Institutos de Educación Secundaria y de Institutos de Formación Profesional Específica. Para más información, consulte las bases de esta Orden en este enlace web o acuda a su centro docente de referencia.
Que paciencia tiene nuestra Guardia Civil
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