- Adquisición de material técnico y vestuario (alcoholímetros, sonómetros, armas, equipos de transmisiones, informáticos y fotográficos, etc.).
- Obras de mejora de instalaciones de la Policía Local.
- Adquisición de vehículos.
BENEFICIARIOS Y CONDIONES
Las Entidades Locales deberán participar al menos en el 25% en la financiación de las actuaciones objeto de la subvención, por lo que la cuantía de la misma no podrá superar en ningún caso el 75 % del coste total de la actuación efectuada.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se establecen en esta Orden los Ayuntamientos con una población inferior a 100.000 habitantes, y que cuenten con Policía Local.
Las Entidades Locales deberán participar al menos en el 25% en la financiación de las actuaciones objeto de la subvención, por lo que la cuantía de la misma no podrá superar en ningún caso el 75 % del coste total de la actuación efectuada.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se establecen en esta Orden los Ayuntamientos con una población inferior a 100.000 habitantes, y que cuenten con Policía Local.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de las solicitudes finalizará transcurrido un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta orden de convocatoria en el BOA (04-03-2010). Para más información, consúltense las bases de la convocatoria en este enlace web.
.
.
No hay comentarios:
Publicar un comentario