martes, 9 de marzo de 2010

AYUDAS para la MEJORA de la PRODUCIÓN y COMERCIALIZACIÓN de los PRODUCTOS de la APICULTURA para el AÑO 2010

Esta Orden del Departamento de Agricultura y Alimentación tiene por objeto convocar ayudas destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura para el año 2010, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2/2007, el Real Decreto 519/1999, y la Orden de 2 de abril de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación.



ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES Y CONDICIONES
De conformidad con la Orden anterior, serán susceptibles de subvención, las siguientes actividades:

  1. La asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores, con el fin de mejorar las condiciones de producción y de extracción de la miel.
  2. La lucha contra la varroosis y la mejora de las condiciones de tratamiento de las colmenas.
  3. La racionalización de la trashumancia.
  4. Las medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de las características físico-químicas de la miel, y a la contratación de servicios de análisis de miel y otros productos apícolas.
  5. El apoyo a la repoblación de la cabaña apícola.


BENEFICIARIOS DE ESTAS AYUDAS
De acuerdo con los preceptos de esta Orden, serán beneficiarios de estas ayudas:

  1. Las cooperativas apícolas, las Agrupaciones de Defensa Sanitaria (en adelante A.D.S.) y demás entidades representativas del sector con personalidad jurídica propia.
  2. Las A.D.S. en el caso de los gastos derivados de la promoción de dichas asociaciones, y las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola en los casos de gastos ocasionados por la compra de material apícola, que suponga una mejora en el desarrollo del programa sanitario antivarroa.
  3. Las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola, excepto en los casos de gastos ocasionados por los programas de creación de una red de alerta sanitaria, en los que serán las A.D.S. las beneficiarias de la subvención.
  4. Las entidades titulares de laboratorios, que efectúen o puedan efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel, así como las cooperativas apícolas, A.D.S. y demás entidades representativas del sector con personalidad jurídica propia, y las personas físicas o jurídicas titulares de una explotación apícola, en los gastos por la contratación de servicios de análisis de miel y otros productos apícolas.
El PLAZO de PRESENTACIÓN de las solicitudes será de un mes a partir del día de la publicación de esta orden en el BOA (02-03-2010). Para más información, consúltense las bases de la convocatoria en este enlace web o pregunte en la Oficina Comarcal de Agricultura y Alimentación (OCA) de Albarracín (C/. Catedral, 5, 2ª planta).
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