jueves, 25 de marzo de 2010

RED ARAGONESA de ESCUELAS PROMOTORAS de SALUD y subvenciones para el año 2010

La convocatoria para integrarse en la Red de Escuelas Promotoras de Salud tiene como finalidad acreditar a los centros educativos que han priorizado en su proyecto educativo la promoción de la salud de la comunidad escolar.
Los centros educativos que reúnan los requisitos establecidos, recibirán la homologación de acuerdo a los criterios impulsados por la Red Europea de Escuelas Promotoras de Salud y, a su vez, recibirán una subvención económica para apoyar las actuaciones específicas de cada centro (por un máximo de 3.000 euros).



La presente Orden del Departamento de Salud y Consumo tiene por objeto acreditar a los centros educativos que cumplen con los criterios de Escuelas Promotoras de Salud y convocar las subvenciones para facilitar la implementación de la estrategia de Escuelas Promotoras de Salud en dichos centros en el año 2010.



BENEFICIARIOS Y CONDICIONES
Serán beneficiarios de estas ayudas los centros educativos de Aragón sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de educación infantil (segundo ciclo) y primaria, educación secundaria, educación especial y educación de personas adultas que resulten acreditados como Escuelas Promotoras de Salud.

El centro educativo deberá asumir en su PROYECTO EDUCATIVO los siete criterios definidos por la Red Europea de Escuelas Promotoras de Salud:

  1. Promover de manera activa la autoestima de todo el alumnado, potenciar su desarrollo psicosocial y capacitar al alumnado para que puedan tomar sus propias decisiones.
  2. Conseguir mejorar el entorno físico del centro escolar, mediante la elaboración de medidas de salud y seguridad, el seguimiento de su aplicación y la implantación de unas estructuras de gestión apropiadas, si fuera necesario.
  3. Fomentar lazos sólidos entre el centro, la familia y la comunidad.
  4. Establecer relaciones de colaboración entre los centros de educación primaria y secundaria asociados para elaborar programas coherentes de educación para la salud.
  5. Conferir al profesorado un papel de referencia para las cuestiones relativas a la salud y potenciar su papel protagonista en educación para la salud, facilitándole la formación adecuada en promoción de salud.
  6. Aprovechar el potencial educativo de los diferentes servicios de salud como apoyo al programa de educación para la salud, fomentando la responsabilidad compartida y la estrecha colaboración entre los servicios educativos y sanitarios.
  7. El currículo en promoción de salud debe proporcionar oportunidades para aprender y comprender, así como para adquirir hábitos esenciales de vida, y debe adaptarse a las necesidades tanto actuales como futuras.


El PLAZO de PRESENTACIÓN de solicitudes será de 15 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOA (20-03-2010). Para más información, consúltense las bases de la convocatoria en este enlace web.
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